El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Julio César Castaños, reiteró este martes a los aspirantes y eventuales precandidatos que, durante el período de precampaña, deben limitarse a la realización de actividades proselitistas internas dirigidas a miembros y afiliados de sus respectivas organizaciones de conformidad con las disposiciones en Ley No. 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
A través de un comunicado, recordó que el artículo 40 de la Ley 33-18, así como el artículo 13 del reglamento para la aplicación de la referida norma están contenidas las prohibiciones a este tipo de propaganda.
“La precampaña es un lapso en el cual está prohibido todo tipo de propaganda que implique el desplazamiento vehicular con la identificación o rotulado de precandidaturas, así como la utilización de imágenes, a menos que las mismas sean utilizadas en los locales partidarios”, explicó la JCE, en el comunicado enviado a los medios.
El organismo advirtió que la violación a estas disposiciones implicará la adopción de las sanciones contenidas en la ley, entre las cuales se encuentra aquella que inhabilita la candidatura de los aspirantes que inicien las actividades propias de la campaña electoral antes del tiempo oficial dispuesto.
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